miércoles, 28 de septiembre de 2011

Examinando las prioridades en educación | Zenón Depaz Toledo | Diario La Primera

Examinando las prioridades en educación Zenón Depaz Toledo Diario La Primera

Reforma constitucional: tomando la iniciativa | Alberto Borea Odría | Diario La Primera

Reforma constitucional: tomando la iniciativa Alberto Borea Odría Diario La Primera

Entre la administración y el cambio | Raúl Wiener | Diario La Primera

Entre la administración y el cambio Raúl Wiener Diario La Primera

Inolvidable Porras | Columna del Director | Diario La Primera

Inolvidable Porras Columna del Director Diario La Primera

Palestina pelea en la ONU | Especial | Diario La Primera

Palestina pelea en la ONU Especial Diario La Primera

lunes, 26 de septiembre de 2011

Chile: la Concertación y la tentación del “giro a la izquierda”

Chile: la Concertación y la tentación del “giro a la izquierda”

Infolatam
Santiago de Chile, 26 de septiembre de 2011
Las claves
  • La Concertación se plantea la posibilidad de abrirse al Partido Comunista y a los movimientos sociales.
  • Solo el 17% de la población aprueba la labor de la Concertación.

¿En qué consiste la Concertación?

El análisis
Axel Bucheister
“Las fuerzas políticas creen en algo y tienen una propuesta de cómo llevarlo a cabo, no son una forma de oponerse a otros; en el largo plazo eso no funciona. Ha llegado el momento que la Concertación defina lo que es y lo que quiere, y no se advierte que le vaya a salir sencillo. Nunca lo fue”. (La Tercera. Chile)
(Especial para Infolatam por Rogelio Núñez)-. La Concertación, la coalición de partidos opositores al gobierno de Sebastián Piñera, atraviesa por una fuerte crisis de identidad que le está impidiendo sacar provecho del mal momento por el que atraviesa el ejecutivo. Tras 20 años en el poder (1990-2010), no ha encontrado aún su papel dentro del espectro político nacional y la coalición sale también muy golpeada en las encuestas.
La última encuesta de la empresa Adimark señalaba en agosto que la desaprobación hacia la Concertación superaba el 70% y sólo tenía un 17% de apoyo, siendo incapaz de aprovecharse de la caída de Piñera, quien ronda solo el 26% de aceptación.
Esa baja aprobación popular del concertacionismo contrasta con la buena posición que, en esa misma encuesta, tiene la que apunta a ser su candidata presidencial en 2013, Michelle Bachelet, quien tendría en torno al 75% de respaldo ciudadano.
Actualmente existen dos ideas sobre cómo reconstruir la coalición. Una, sostenida por las dos grandes fuerzas de la Concertación (el Partido Socialista y la Democracia Cristiana) que apuesta por mantener las esencias concertacionistas como una alianza de centroizquierda.
La otra propuesta la sostienen los partidos más pequeños del conglomerado (Partido por la Democracia y el Partido Radical Socialdemócrata) que se inclinan por abrir la Concertación hacia grupos más a la izquierda (el Partido Comunista) y hacia los movimientos sociales.
La propuesta Tohá
En ese contexto, ha surgido el proyecto de revitalizar el universo concertacionista. La propuesta más clara ha sido la de la portavoz de la coalición y líder del PPD, Carolina Tohá quien ha planteado que ”superar la Concertación en una nueva coalición (…) esto implica no sólo sumar otras posturas políticas, sino que también un nuevo trato con las fuerzas sociales”.
Carolina Tohá, líder del PPD, propone la reforma de la Concertación
Tohá aspira a incluir a partidos más pequeños y en especial al Partido Comunista: “yo creo que uno no se puede poner a pensar en partidos, por ejemplo en el caso del PC no podemos ponernos a pensar en él con su postura de hace diez o veinte años atrás (…) tenemos que entendernos con aquellos con los que tenemos puntos de vista en común significativos”.
Además, Tohá quiere una Concertación más propositiva y no tanto meramente opositora: la “nueva coalición ya no debiera decir ‘no al binominal’, sino cuál es el sistema electoral que proponemos (…) Debe partir por una propuesta de nuevo pacto constitucional que defina derechos y deberes de las personal y rol del Estado...No basta con proponer políticas y reformas en educación, salud o previsión, hay que explicitar cómo queremos que sean, cuál es nuestro ideal”.
La idea de Tohá, que propone la formación de una “Convergencia Opositora”, que sustituya a la Concertación, ha provocado un terremoto en la Concertación y se ha fijado el 5 de octubre (23 aniversario del triunfo del No en el plebiscito de 1988) como fecha tope para alcanzar un acuerdo en torno al futuro del conglomerado.
El giro propuesto por Tohá implica riesgos políticos claros, como destaca el analista Patricio Navia en el diario La Tercera: “desde el retorno de la democracia, las elecciones en Chile siempre se han ganado apelando al voto moderado. Si la Concertación se corre a la izquierda -abandonando a la DC-, la Alianza tendrá una inmejorable opción para capturar el apoyo de los votantes moderados y quedarse con la victoria en 2013″.
El académico de la Universidad Diego Portales añade que “ahora que algunos quieren refundar la Concertación mirando a la izquierda, vale la pena recordar que las elecciones se ganan con votos moderados. Sería un suicidio político para la izquierda subirse a un barco donde no vaya la DC, así como para la DC sería un grave error aceptar que su coalición abandone a los moderados. Si la izquierda concertacionista y la propia DC se dejan seducir por los cantos de las sirenas que llaman a moverse a la izquierda, perderán definitivamente las llaves de La Moneda”.
Esa idea es sostenida también por el exministro concertacionista Enrique Correa en una entrevista con La Tercera: “la permanencia en el entendimiento entre la izquierda y la DC es una política permanente, es la que le permite construir futuro a la Concertación y aspirar a ser gobierno como corresponde, especialmente con un gobierno así de debilitado como el que tenemos”.
La reacción del universo concertacionista
La idea de Tohá ha remecido a la Concertación, conglomerado formado desde los años 80 por el Partido Socialista, la Democracia Cristiana, el Partido por la Democracia y el Partido Radical. La propuesta del PPD tiene una posible víctima dentro de la Concertación, la DC, que no ve con buenos ojos la entrada de los comunistas.
El jefe de este partido, Ignacio Walker, ha hecho una gran defensa de la coalición tal y como existe desde 1990: “hay algunos que han querido, legítimamente, dar por superada la Concertación, no es nuestra posición. Y, por lo tanto, no queremos contradicciones vitales ni complejos, porque son 23 años de nuestra historia, y 28 si sumamos la Alianza Democrática, que han dado lugar al momento más virtuoso de la historia política de Chile. No estamos dispuestos a tirar eso por la borda”.
Michelle Bachelet tiene el 85% de apoyo ciudadano
Michelle Bachelet tiene el 85% de apoyo ciudadano
Walker ve viable la subsistencia de la Concertación apoyada solo en el binomio DC-PS:  ”nuestra política de alianza es la Concertación de Partidos por la Democracia, y dentro de ella constatamos una cada vez más fuerte afinidad con el PS”.
Incluso, ha asegurado que la Concertación es capaz de subsistir sin el PPD y el PRSD: “la base de esto es lo que nosotros llamamos democracia cristiana y socialismo democrático”.
Estas palabras de Walker han caído muy mal en el PPD. El senador Ricardo Lagos Weber, del PPD, ha dicho que “Walker no es dueño de la Concertación. Todos somos dueños en partes iguales. Acá no hay inquilinos y si sigue en esa línea, aquel que se cree patrón de fundo se va a quedar solo con la casa patronal”.
Ante este fuerte debate interno, el exministro y consultor político, Enrique Correa analizaba esta situación en el diario La Tercera señalando que, en realidad,  ”(Tohá) ha hecho un esfuerzo inteligente por aggiornar a la coalición de acuerdo con los tiempos que vivimos. He visto también que los representantes más importantes de esta generación de recambio, de la que Tohá es la representante principal, están en una reflexión programática muy importante, que busca una agenda de futuro. Entonces, yo no haría un gran escándalo, convertiría esto más bien en una ocasión para poner al día a la Concertación”.
En el socialismo, Osvaldo Andrade, líder del Partido Socialista, apuesta por mantener la coalición con la DC, sin olvidar la posibilidad de ampliar el conglomerado: “es que una nueva mayoría social y política supone un entendimiento del centro con la izquierda. Y lo digo así, no de centro-izquierda, sino del centro con la izquierda. Es una cuestión de fondo, porque no es posible para el centro gobernar Chile por sí solo, ni es posible que la izquierda gobierne Chile por sí sola”.
Por eso, para Andrade “la única forma de constituir una mayoría que sustente un gobierno que intente hacer ciertos cambios es el entendimiento entre el centro y la izquierda. Nosotros tenemos que hacer una izquierda muy potente, pero lo que hay que hacer es entenderse con el centro, no pelearse con el centro. La transición en Chile fue el reencuentro entre el centro y la izquierda, fue el acuerdo entre Patricio Aylwin y Clodomiro Almeyda”.
El giro a la izquierda
El principal apoyo de la propuesta renovadora se encuentra en el líder y presidente del Partido Radical, José Antonio Gómez, quien se ha sumado a los argumentos de Tohá: “la Concertación se agotó y requiere de un cambio profundo, no sólo de nombre…creemos que nuestra postura es distinta dentro de la Concertación y creemos que ese debate hay que crearlo y estamos disponible a hacerlo”.
Ese cambio en la Concertación se traduciría en una especia de “giro a la izquierda” para atraer a comunistas y a los movimientos sociales que han surgido a raíz de las protestas estudiantiles. El exsenador socialista Carlos Ominami lo definía así en el diario El Mercurio: “se requiere una coalición transformadora y no una coalición que muera en la anestesia respecto al movimiento social. Además, proyectar una posición de centro fuerte en el cuadro no es una tarea fácil para la DC, que vive en una excepcionalidad histórica: es el único partido con relevancia que aspira a ser un partido de centro y no de derecha”.
De todas formas, el riesgo poara la Concertación, como señala Enrique Correa es el siguiente: “si la Concertación gira hacia la izquierda le va a abrir un amplio campo para, efectivamente, convertirse en un interlocutor viable para los sectores moderados del país. Cuando la derecha, sobre todo la UDI, permaneció muy arrinconada en un discurso de derecha clásica, todavía muy próxima a la dictadura militar en el primer período, nosotros corrimos el cerco y nos convertimos efectivamente en la fuerza que conducía la moderación del país”.
- Imprimir

GCDD - Global Center for Development and Democracy

GCDD - Global Center for Development and Democracy

GCDD - Global Center for Development and Democracy

GCDD - Global Center for Development and Democracy

Palacio de Gobierno fue escenario de lanzamiento de festividad tradicional de Yunguyo

Palacio de Gobierno fue escenario de lanzamiento de festividad tradicional de Yunguyo

Palacio de Gobierno PeruCon pasacalle anunciaron fiesta de “Tata Pancho”, que se realizará el 10 de octubre.
El Patio de Honor de Palacio de Gobierno fue hoy escenario del lanzamiento de la Fiesta de San Francisco de Borja “Tata Pancho”, de Yunguyo (Puno), una de las festividades más grandes y fastuosas de esa región.
Dicho lanzamiento se realizó con un pasacalle de danzas típicas puneñas en la que participaron 6 delegaciones conformadas por 400 personas aproximadamente.
La Fiesta de “Tata Pancho”, que se realizará el próximo 10 de octubre, es una de las manifestaciones culturales más importantes de Puno, junto a la de la Virgen de la Candelaria y otras.
El pasacalle que se realizó en la sede del Ejecutivo estuvo encabezado por el alcalde provincial de Yunguyo, Walker Chalco; el congresista Mariano Portugal, y otras autoridades.
Fue el jefe de la Casa Militar de Palacio de Gobierno, Gral. Germán Gonzalez, quien recibió a la delegación en el Patio de Honor, donde se presentaron danzas típicas como la “morenada”, la “zampoñada” y la “saya”, acompañadas de bandas de músicos.
El burgomaestre provincial de Yunguyo expresó su satisfacción porque esta es la primera vez que la festividad más importante de su jurisdicción se presenta en Palacio de Gobierno.
Asimismo, aprovechó la oportunidad para invitar a los turistas nacionales y extranjeros para que visiten Yunguyo el próximo 10 de octubre.
El pasacalle también fue presenciado por decenas de ciudadanos y turistas que se ubicaron en el frontis de la Casa de Gobierno.

Lima, 25 de setiembre de 2011

Nota de Prensa 0124

Comparte esta noticia en:

Imprimir PDF

sábado, 24 de septiembre de 2011

TC anula decretos de urgencia de faenón con isla San Lorenzo y otros

TC anula decretos de urgencia de faenón con isla San Lorenzo y otros
yohny lescano 23Demanda fue presentada por el Congresista Yonhy Lescano y otros 35 parlamentarios
El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales los Decretos de Urgencia N.º 001-2011 y 002-2011 con los cuales el gobierno del ex presidente Alan García pretendía dejar el camino expedito para perpetrar diversos faenones con el patrimonio de todos los peruanos, entre ellos, la isla San Lorenzo.


Los decretos en mención, promulgados entre gallos y medianoche aprovechando las fiestas de fin del año pasado, facilitaban el trámite o ejecución de diversos proyectos de inversión, por no cumplir con los requisitos de excepcionalidad, necesidad y transitoriedad para la dación de este tipo de medidas, como lo exige la Constitución.
La sentencia corresponde al Expediente N.° 0004-2011-PI/TC. Entre las flexibilidades que estos decretos disponían estaba el otorgamiento de viabilidad a proyectos con estudios simplemente a nivel de prefactibilidad, medidas de simplificación de exigencias legales, una serie de actos previos requerirían solamente la aprobación del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, imposiciones forzosas de servidumbres para ejecución de proyectos, y registro de terrenos y/o edificaciones a sola presentación de solicitud ante Registros Públicos, entre otras.

El congresista Yonhy Lescano, quien presentó y promovió la demanda de inconstitucionalidad junto con otros legisladores, manifestó que la Constitución Política en su artículo 118.º inciso 19) y el Reglamento del Congreso en su artículo 91.º fijan una serie de requisitos de carácter conjuntivo para la dación de un Decreto de Urgencia, los mismos que han sido desarrollados de manera amplia y detallada por el Tribunal Constitucional, a través de reiterada jurisprudencia.
“A la luz de dichas normas y criterios jurisprudenciales, es evidente que los citados Decretos de Urgencia  001 y 002 del 2011 no regulaban situaciones extraordinarias e imprevisibles cuyo riesgo inminente de que se extiendan constituye un peligro para la economía nacional o las finanzas públicas, no han existido circunstancias apremiantes que hagan que dichos Decretos puedan coadyuvar a la prevención de algún daño o impedir que éste devenga en irreparable que justifique su necesidad y tampoco existía un carácter transitorio en las medidas, sino por el contrario una vocación de permanencia demostrada con la dación no solo de los Decretos Urgencia 001 y 002 del 2011, sino también con los anteriores Decretos de Urgencia  N.° 121-2009 y 047-2008, cuyos contenidos eran similares, de tal manera que todo ello evidencia la flagrante inconstitucionalidad de las referidas normas dictadas por el Poder Ejecutivo” enfatizó el Congresista.
En este sentido, el TC resolvió que lo regulado en los Decretos de Urgencia N°s 001 y 002 del 2011 crea incertidumbre sobre la transitoriedad de las medidas adoptadas, apreciándose más bien un carácter indefinido, pues dichas adjudicaciones podrían no producirse el presente año, lo cual podría dar lugar a nuevos decretos de urgencia fundados en la falta de adjudicación de determinados proyectos de inversión.
Finalmente, el TC ha precisado, en lo concerniente al literal a) del numeral 5.3 del artículo 5.º del Decreto de Urgencia N.º 001-2011, derogado posteriormente por el Decreto de Urgencia N.° 005-2011, que los procedimientos administrativos para la obtención de las autorizaciones administrativas sectoriales, deben ser resueltas conforme al régimen legal sobre certificaciones ambientales aplicables a los mencionados proyectos hasta antes del Decreto de Urgencia N.º 001-2011. De esta forma, ha resultado nuevamente aplicable a los proyectos de inversión —enunciados por los Decretos de Urgencia 001 y 002— el régimen general sobre certificaciones ambientales para la obtención de autorizaciones administrativas sectoriales, lo cual resguarda el estricto cumplimiento de las exigencias de carácter ambiental antes de la ejecución de grandes proyectos de inversión.
El menú de faenones del DU 001-2001 es el siguiente:
1. Terminal Norte Multipropósito del Callao.
2. Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1.
3. Concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima.
4. Proyecto Isla San Lorenzo‐ Isla El Frontón
5. Terminal Portuario de General San Martín,(provincia de Pisco, Departamento de Ica).
6. Planta de Desalinización de Agua de Mar ‐ Aguas de Lima Sur II.
7. Terminal Portuario de Yurimaguas.
8. Terminal Portuario San Juan de Marcona
9. Navegabilidad de rutas fluviales: Ruta fluvial Yurimaguas ‐ Iquitos‐Frontera con Brasil
10. Reserva Fría de Generación
11. Línea de Transmisión Trujillo ‐ Chiclayo en 500 kV y subestaciones asociadas.
12. Línea de Transmisión Cajamarca ‐ Cáclic ‐ Moyobamba
13. Línea de Transmisión Moyobamba‐Iquitos.
14. Proyecto Choclococha Desarrollado, comprendiendo
a) Construcción Presa de Tambo. b) Construcción de Canal Colector Ingahuasi y c) Refacción de Obras
Existente.
15. Afianzamiento Hídrico de la Cuenca del Rio Pisco‐Rio Seco.
16. Carretera IIRSA ‐Centro (Eje multimodal Puerto del Callao ‐Puerto de Pucallpa) en los tramos que
establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
17. Autopista del Sol, tramo Sullana ‐Frontera con el Ecuador, según determine el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
18. Panamericana Sur: Ica ‐ Frontera con Chile, en los tramos que establezca el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
19. Longitudinal de la Sierra en los tramos que establezca el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
20. Longitudinal de la Selva en los tramos que establezca el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
21. Gasoducto a Trujillo (Gas Natural)
22. Hub petrolero Bayóvar
23. Nodo Energético del Sur.
24. Aeropuerto Internacional de Chinchero‐ Cusco.
25. Terminal Portuario de Iquitos (Provincia de Maynas, Departamento de Loreto)
26. Túnel Trasandino (Provincia de Yauli, Departamento de Junín).
27. Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur ‐ Gas para todo el Sur, para las ciudades de
Cusco, Arequipa, Moquegua, Juliaca, Puno y Tacna.
28. Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio ‐ Gas para todo el Norte Medio, para
las ciudades de Ayacucho, Huancayo, La Oroya, Chimbote y Trujillo.
29. Sistema de Abastecimiento de LNG para el Mercado Nacional.
30. Desarrollo de la Banda Ancha y masificación de la Fibra Óptica en zonas rurales y lugares de
preferente interés social del país: Proyectos Cobertura Universal Sur, Cobertura Universal Norte y
Cobertura Universal Centro y otros que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Los faenones preparados con el DU 002-2011 son:
1. Terminal Norte Multipropósito del Callao.
2. Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Línea 1 – Línea 2.
3. Concesión de un Establecimiento Penitenciario en la Región Lima.
4. Proyecto Isla San Lorenzo –Isla El Frontón.
5. Terminal Portuario de General San Martín (provincia de Pisco, Departamento de Ica).
6. Planta de Desalinización de Agua de Mar – Aguas de Lima Sur II.
7. Terminal Portuario de Yurimaguas.
8. Terminal Portuario San Juan de Marcona.
9. Navegabilidad de rutas fluviales: Ruta fluvial Yurimaguas ‐ Iquitos‐Frontera con Brasil.
10. Reserva Fría de Generación.
11. Línea de Transmisión Trujillo – Chiclayo en 500 kV y subestaciones asociadas.
12. Línea de Transmisión Cajamarca – Cáclic – Moyobamba.
13. Línea de Transmisión Moyobamba‐Iquitos.
14. Proyecto Choclococha Desarrollado, comprendiendo a) Construcción Presa de Tambo. b)
Construcción de Canal Colector Ingahuasi y c) Refacción de Obras Existente.
15. Afianzamiento Hídrico de la Cuenca del Río Pisco‐Río Seco.
16. Carretera IIRSA –Centro (Eje multimodal Puerto del Callao –Puerto de Pucallpa) en los tramos que
establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
17. Autopista del Sol, tramo Sullana –Frontera con el Ecuador, según determine el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
18. Panamericana Sur: Ica ‐ Frontera con Chile, en los tramos que establezca el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
19. Longitudinal de la Sierra en los tramos que establezca el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
20. Longitudinal de la Selva en los tramos que establezca el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
21. Gasoducto a Trujillo (Gas Natural).
22. Hub petrolero Bayóvar.
23. Nodo Energético del Sur.
24. Aeropuerto Internacional de Chinchero‐ Cusco.
25. Terminal Portuario de Iquitos (Provincia de Maynas, Departamento de Loreto).
26. Túnel Trasandino (Provincia de Yauli, Departamento de Junín).
27. Sistema de Distribución de Gas Natural para el Sur ‐ Gas para todo el Sur, para las ciudades de
Cusco, Arequipa, Moquegua, Juliaca, Puno y Tacna.
28. Sistema de Distribución de Gas Natural para el Norte Medio ‐ Gas para todo el Norte Medio, para
las ciudades de Ayacucho, Huancayo, La Oroya, Chimbote y Trujillo.
29. Sistema de Abastecimiento de LNG para el Mercado Nacional.
30. Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas.
31. Sistema GLP para Lima y Callao.
32. Desarrollo de la Banda Ancha y masificación de la Fibra Óptica en zonas rurales y lugares de
preferente interés social: Proyectos Cobertura Universal Sur, Proyectos Cobertura Universal Norte
y Cobertura Universal Centro y otros que establezca el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
33. Proyecto Especial Chavimochic Fase I ‐ Tercera Etapa.

El fascista Cipriani

El fascista Cipriani
por César Hildebrandt - http://www.conuestroperu.com/ del viernes 23-09-2011
El Cardenal Cipriani debe odiar a la Iglesia Católica. Podría ser hasta un infiltrado en sus filas, un demonio con alas de papier mâché, un íncubo luterano decidido a desprestigiar a Roma.

¿O es que es impresentable sólo porque le da la gana y sin propósitos ulteriores?
Cuando los inocentes eran sospechosos y los sospechosos eran terroristas y los terroristas eran desaparecidos, Cipriani apoyó firmemente, en Ayacucho, los desmanes militares que casi nos cuestan perder la guerra con el maoismo homicida de Sendero.
Jamás defendió a las víctimas del fascismo Fujimorista. Al contrario, alguna vez sostuvo que la Coordinadora Nacional de derechos humanos, una entidad que exponía el pellejo en defensa de los inocentes victimados por la barbarie de ambos lados, era “una cojudez”.
Porque Cipriani no sólo es fascista de convicción y franquista melancólico sino que también es procaz.
Alguna vez lo grabaron dando una charla en la Escuela Militar de Chorrillos y este columnista tuvo el privilegio de propalar parte de esas imágenes en un programa de TV.
Allí, con el lenguaje de un asaltante de caminos y el alma de un abusador de mujeres, habló “a lo macho”. Allí virtió parte de su alma y lo que virtió no le hizo ningún bien a la institución que desde hace dos mil años pretende decirnos que sus pastores son gente mejor que los mortales comunes y corrientes.
Cipriani no sólo no es mejor que cualquiera. Cipriani es peor que cualquier laico con pocos valores.
Porque el laico más imperfecto que uno pueda imaginar no se disfraza de jerarca romano ni pretende señalarnos el camino que conduce al cielo.
Cipriani es fascista probado, es ordinario como un suboficial encervezado, es teatrero como cuando simuló llorar después de lo de la embajada del Japón y es odioso por donde se le mire y desde donde se le oiga porque su único interés es el de contribuir al inmovilismo. Es un discurso de la Confiep con un amén al final.. Es el hombre que el mártir Oscar Arnulfo Romero, obispo salvadoreño asesinado por la derecha en plena misa, no habría siquiera saludado.
Cipriani fue nombrado cardenal por un Papa que coordinaba con la CIA, que recibía en secreto al enviado de Reagan para ver qué se hacía en Varsovia y que combinaba sin remordimientos la misión pastoral y su labor de destruir todo lo de progresista y moderno que en la Iglesia Católica se había levantado desde el Concilio Vaticano II.
Paulo VI fue el iluminado que quiso emparentar, por segunda vez, la Iglesia Católica con los intereses de los que más sufren. Porque Paulo VI entendió que el sufrimiento social es evitable y que es el orden mundial, podrido desde la raíz, el que lo convierte en endémico.
Paulo VI quería regresar a los orígenes de una Iglesia que, antes de ser Roma, fue fe y pobreza, ejemplo y humildad. Estuvo a punto de lograrlo hasta que llegaron las hordas de la restauración con el Opus Dei a la cabeza y los sodálites en la infantería.
Esas hordas han restablecido el orden que terminará matando a la iglesia de Roma. El orden del Sacro Imperio. El orden inamovible de los ricos que mandan y los pobres que deben esperar vivir mejor en el cielo. “Allí tomaréis sopa, hermanos míos”, decía Neruda.
Y de esas hordas pasatistas y de ese orden que olvidó a San Francisco y recuperó el sentido del imperio nació la espantosa nominación del Cardenal Cipriani, siniestra expresión del Opus Dei y consejero espiritual de Fujimori.
Y ayer este señor, que quiere pasar por comentarista desinteresado, ha dicho que el Museo de la memoria no debe levantarse porque “no contribuye a la reconciliación del país”.
Bueno, el Museo de la Inquisición, donde Cipriani debería figurar en cera y con el disfraz de prelado que tanto le gusta, tampoco es que fomente la reconciliación entre la Iglesia y sus víctimas.
Y, sin embargo, el Museo de la Inquisición existe porque resume un capítulo de la historia.
Aparte de adular a Alan García y de censurar a quienes enfrentan las provocaciones de Chile -recordándonos la peor diplomacia de Roma frente a los poderes fácticos-, Cipriani se ha permitido decirle a los propulsores del Museo de la memoria -es decir, al gobierno alemán de la conservadora Ángela Merkel- que “no se debe permitir injerencias extranjeras”.
¡Y lo dice este funcionario de una Iglesia con sede en Roma, con casa matriz en el Estado del Vaticano y con nuncios embajadores acogidos al estatuto de la extraterritorialidad!
Es hora de decirle a Cipriani cuán inaceptable resulta como personaje espiritual. Es hora de recordarle que si la Iglesia Católica sufre de anemia sacerdotal y crisis de feligresía es por gente como él. Es hora de decirle, en suma, que la maldición de los hipócritas es que no pueden ocultar su hipocresía.
Ya he dicho que me duele ser agnóstico. Pero cuando escucho a Cipriani decir cosas como la de ayer me reafirmo en mi catedral de dudas. Bueno, dudas relativas. No tengo la menor duda, por ejemplo, de que Cipriani no representa a Dios -como quiera que se pueda entender esta definición-.
Hildebrandt en sus 13

sábado, 17 de septiembre de 2011

Sinesio López: Cipriani es un rudo político de derecha y cree que su palabra es ley

Sinesio López: Cipriani es un rudo político de derecha y cree que su palabra es ley

 

Sinesio López: Cipriani es un rudo político de derecha y cree que su palabra es ley
"Cipriani es un político reaccionario y un decisionista de derecha. Cree que la PUCP vive una situación de excepción (de caos, de confusión,  de desorden y de influencias demoníacas) y que sólo puede ser salvada por una decisión política que imponga un nuevo orden legal, académico y administrativo: el del Opus Dei", escribe esta mañana Sinesio López sobre el cardenal Juan Luis Cipriani.
Pucp, el problema de fondo
Por Sinesio López La controversia entre el cardenal Cipriani y la PUCP no versa sobre un asunto religioso, aunque tiene una arista religiosa. Tampoco es un problema principalmente jurídico sobre la propiedad de los bienes de la PUCP, aunque tiene un lado legal y se desarrolla en ese campo. No es, desde luego, un problema académico, aunque puede verse también desde ese ángulo.
A mi juicio, el problema de fondo es político y puede ser resumido con crudeza de la siguiente manera: Con el pretexto de reivindicar el correcto uso de la herencia dejada por Riva Agüero a la PUCP, Cipriani pretende apropiarse de todos los bienes de la PUCP  (incluidos los que ésta adquirió con el producto del trabajo de varias generaciones que laboraron en ella) con la finalidad de expulsar de sus aulas a todos los que no piensan como él (incluidos los católicos que no son conservadores) y llenarlas con las huestes del Opus Dei y sus socios ultramontanos.
Para lograr este objetivo, Cipriani hizo un acuerdo bajo la mesa con el ex presidente García y con algunos dirigentes apristas con la finalidad precisa de presionar al Tribunal Constitucional (TC) y de influir en los jueces que tenían en sus manos el conflicto legal. El resultado previsible no se dejó esperar. Cipriani obtuvo un triunfo parcial y parcializado, como lo dije en su momento. Ahora lo esgrime para sostener que los tribunales le han dado la razón. Es cierto: se la han dado sin tenerla, por presión de García y compañía. El runrún de entonces era que alguno de los integrantes del TC modificó el sentido de su voto a cambio de permanecer más tiempo en su puesto. Este es un tema que amerita una investigación por el actual Congreso.
Para desgracia de Cipriani, su candidata favorita perdió las elecciones generales de este año, el nuevo gobierno mantiene la neutralidad en este conflicto y se espera que los jueces decidan sin presiones de ningún tipo. En esas condiciones políticas desfavorables, Cipriani acude al Vaticano y a los órganos eclesiales que tienen que ver con la educación católica para que le saquen las castañas del fuego.
Estas  instancias eclesiales pretenden obligar a la comunidad universitaria de la PUCP a cambiar la elección de las autoridades para que Cipriani entre por la puerta grande. El próximo 23 la Asamblea Universitaria de la PUCP decidirá en forma democrática si entrega la universidad al Opus Dei o mantiene una universidad libre y pluralista en la que es posible combinar la autoridad de la fe con la crítica de la razón como en la mejor tradición de la escolástica de Tomás de Aquino.
Cipriani es un político reaccionario y un decisionista de derecha. Cree que la PUCP vive una situación de excepción (de caos, de confusión,  de desorden y de influencias demoníacas) y que sólo puede ser salvada por una decisión política que imponga un nuevo orden legal, académico y administrativo: el del Opus Dei. Es fundamentalista, pues fusiona la política con la religión. Cuando habla en RPP cree que está en el púlpito y que su palabra es la ley. Es un político duro y rudo, apoyado por la ultraderecha política y mediática. Sus adversarios de la PUCP, en cambio, son gente bien educada, democrática, de buenos modales, tolerante, que confía en la justicia y que mantiene el conflicto, a mi juicio erróneamente,  en el ámbito puramente legal.
El Concilio Vaticano II permitió el tránsito de lo que Habermas ha llamado la publicidad representativa a la publicidad moderna basada en el diálogo y en “el uso público de la razón” (Kant). Actualmente la Iglesia Católica ya no debiera tener solo fieles (sometidos a la autoridad de la fe) sino una combinación de públicos y fieles como producto del diálogo entre la razón y la fe. Me pregunto si ha llegado ya la hora de decirle a Cipriani lo que el brillante monje Marsilio de Padua le dijo al Papa en 1324 en su famosa obra Defensor Pacis: “Ud. dedíquese a llevar almas al cielo y deje que la sociedad civil resuelva sus necesidades materiales  mediante la producción y la distribución”. 

jueves, 15 de septiembre de 2011

“QUILISH”, la historia de un conflicto que no termina

“QUILISH”, la historia de un conflicto que no termina

 

“QUILISH”, la historia de un conflicto que no termina
El emblemático Cerro Quilish es el origen de diversas fuentes acuíferas que, entre sus funciones no naturales, está la de abastecer a la planta de tratamiento “El Milagro”, que provee de agua potable a la mayor parte (70% de la población) de la ciudad de Cajamarca.
Por Ybrahim Luna
Los hilos de la madeja Entre los años 1998 y 2000 se registraron las primeras protestas campesinas en contra del deterioro de la calidad del agua y de la desaparición de algunos manantiales en el Cerro Quilish, señalando como responsable a la actividad minera adyacente y a la anuencia de las autoridades de la Municipalidad provincial.
Estudios técnico-ambientales, como el informe “Términos de Referencia para el establecimiento de la Zona Reservada Protegida Municipal” determinaron que la zona del Cerro Quilish se caracterizaba por presentar un colchón o esponja natural de agua, “debido a la existencia de pastos altoandinos, cuya función es amortiguar y retener el el líquido, facilitando la infiltración…”, y que en su seno se ubicaban las nacientes de las sub cuencas hidrográficas de los ríos Grande y Porcón”, y que “de concretarse la explotación de los yacimientos La Quinua y Cerro Quilish-Cerro Negro, se verán afectadas inevitablemente la cantidad y calidad de las aguas de los ríos Porcón y río Grande”.
Lo que motivó la emisión de la Ordenanza municipal Nº 012-2000-CMPC, del 05 de Octubre del año 2000, declarando al Cerro Quilish como “Zona Reservada Protegida Municipal”, durante la gestión del entonces Alcalde General Jorge Hoyos Rubio. Esta Ordenanza también protegía a “las Microcuencas de los ríos Quilish, Porcón y Grande”.
Pero la Minera Yanacocha no aceptó este freno a sus inversiones e impuso varios recursos de amparo que fueron declarados improcedentes, lo que la llevó a apelar dicha Ordenanza ante el mismo Tribunal Constitucional, logrando que se emitiera una sentencia el 07 de abril de 2003, que autorizaba a la minera “a explorar y explotar la zona previo Estudio de Impacto Ambiental”.
A finales del año 2003, se presentó el informe final de la Auditoría Ambiental de INGETEC que presentaba 278 recomendaciones a Minera Yanacocha, donde mostraba las deficiencias de su manejo en gestión ambiental.
En la misma línea, “Stratus Consulting” presentó un estudio hidrogeológico de la microcuenca de Porcón donde se concluye que las afectaciones de la calidad de las aguas podían causar daños severos al ecosistema, concluyendo que, entre otras cosas, en algunos lugares el recurso hídrico ha desaparecido por completo.
La sentencia del TC del 07 de abril de 2003 que favoreció a Yanacocha, logró a su vez que el 16 de julio de 2004 a través del Ministerio de Energía y Minas se promulgue la Resolución Directoral Nº 361-2004-MEM/AAM, autorizando el reinicio de las exploraciones de: “Quilish, Cuenca Porcón y Yanacocha Sur”.
La respuesta fue una de las protestas más contundentes y nutridas que la región Cajamarca haya vivido en sus últimas décadas, teniendo su clímax un 15 de septiembre de 2004, cuando en la Plaza de Armas de Cajamarca, tras varios días de multitudinarias movilizaciones pacíficas en las que no se registraron daños personales ni contra la propiedad, pero también de intensos enfrentamientos entre pobladores y la policía en las zonas periféricas, se reunieron entre 60 y 70 mil ciudadanos de todos los sectores para exigir la intangibilidad del Cerro Quilish. La presión logró que el  jueves 16 septiembre se emitiese la Resolución 427-2004-MEM/AAM, que impedía a la Minera Yanacocha continuar con las labores de exploración.
Pero esta paz se ha visto recientemente alterada, desde junio de 2011, por las declaraciones del vicepresidente de operaciones de Newmont, Carlos Santa Cruz Bendezú, en el Investor Day realizado en Nueva York, donde declaró que: “En Cerro Quilish, consideramos iniciar operaciones alrededor del año 2016. Necesitamos recordar que Cerro Quilish es uno de los mejores depósitos mundiales de oro que no está todavía desarrollado” y que “El proyecto depende de las aprobaciones de autoridades y la comunidad”.
La reacción de los principales actores de la sociedad cajamarquina, inmediata o tardía, ha sido general, desde la Municipalidad Provincial, Gobierno Regional, ONGs, hasta la Universidad Nacional de Cajamarca.
En respuesta, la Minera Yanacocha ha hecho circular una nota de prensa que en resumen dice: “Solo si contamos con el apoyo de la población y las autoridades de Cajamarca iremos adelante con el proyecto Quilish. Así lo indicó Carlos Santa Cruz, Vicepresidente Senior de Operaciones Sudamérica, (…) Mientras no exista viabilidad social, ningún proyecto minero puede salir adelante. (…)Y esa afirmación no escapa al Proyecto Quilish, que desde el año 2004 se encuentra fuera del libro de reservas de la empresa debido a que no existió un consenso social para su explotación”.
En el mes de septiembre, en Cajamarca, la ciudadanía y diversas organizaciones conmemoran un aniversario más de la lucha por la defensa del Cerro Quilish, lugar que se ha convertido en un icono de la lucha medioambiental.
Voces y reacciones Comunicado de la Universidad Nacional de Cajamarca, Rector Carlos Tirado Soto (junio 2011):
“El Consejo Universitario…en pleno, expresa su total rechazo a las pretensiones de explotación minera del Cerro Quilish y hace un llamado a las Autoridades y pueblo cajamarquino, para mantenerse vigilantes  sobre el uso y manejo de sus recursos naturales en las cabeceras de cuenca”.
Comunicado del presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, Gregorio Santos Guerrero (junio 2011): “Reserva sagrada que los cajamarquinos respetamos y defendemos. El valor del Quilish no está en el oro que contiene, sino en el agua que nos brinda desde hace siglos”.
Reacción del Alcalde Provincial de Cajamarca, Ramiro Bardales: “No me apresuro a decir qué medidas tomaré, pero tengo el compromiso con la población cajamarquina de hacer respetar la ordenanza que declara a Quilish como intangible” (NoticiasSer.pe)
Presidente de la Federación Universitaria – UNC, Vladimir Ruiz: “Nuestro compromiso es reafirmar la defensa del Medio Ambiente y de la vida. Tenemos una Constitución que favorece a las transnacionales, y lo que buscamos es que se cree un germen social para cambiarla y que favorezca más al pueblo.  

miércoles, 14 de septiembre de 2011

PUCP | PuntoEdu#.TnEPcMeXze6.facebook#.TnEPcMeXze6.facebook

PUCP PuntoEdu#.TnEPcMeXze6.facebook#.TnEPcMeXze6.facebook

Video Kouri - Montesinos, la verdadera historia

PUCP - Entrevista a la doctora Pepi Patrón en BDP

Los derechos y el derecho de la PUCP (*)

Los derechos y el derecho de la PUCP (*)

Diario La Repùblica del 14-09-2011

Por Alonso Cueto

Hace algunas décadas, en el Perú, la intolerancia era un asunto de la izquierda, que blandía sus dogmas como si fueran las verdades científicas que Mariátegui y Marx habían preconizado. Todo aquel que se opusiera a esa visión era considerado reaccionario, atrasado, limitado. El punto extremo de ese viraje dogmático hacia la ideología izquierdista ocurrió sin duda en los años sesenta y setenta, con algunos partidos políticos que luego desembocarían en el Partido Comunista del Perú, también llamado SL.

Hoy, después de los años del terrorismo y de sus horrores, cuando la economía liberal ha logrado algunos efectos positivos en la población, en cambio, la intolerancia se ha pasado al extremo de la derecha religiosa. Este proceso que se ha ido acentuando en los últimos años con la llegada al poder de figuras autoritarias e intransigentes como el cardenal Cipriani. La consolidación de un pensamiento extremista e intolerante se puede ver también en las páginas editoriales de algunos medios de comunicación y aparece con frecuencia en los blogs. La palabra “caviares” con la que pretenden descalificar a todo aquel que no piense como ellos es una de las muestras aberrantes. Hoy, en cambio, tenemos una izquierda mucho más abierta y dialogante que la de hace unos años, como lo han demostrado Susana Villarán y algunos miembros del actual gobierno.

El conflicto entre la PUCP y el arzobispo Cipriani es una de las consecuencias de la consolidación de este extremismo ideológico-religioso, que sin duda tiene un objetivo político en la búsqueda del poder. Los grupos religiosos que apoyan al Cardenal en esta gesta, empezando por el Opus Dei, han dado notorias muestras a lo largo de su vida de una visión intransigente y dogmática de la vida. En mi relación, a lo largo de los años, con personas y sacerdotes del Opus Dei solo he escuchado hablar de prohibiciones y consejos. Nunca he escuchado de ellos una idea o una interpretación interesante de algún texto. Para el Opus Dei hay autores malditos, entre ellos Umberto Eco (un sacerdote del Opus Dei me dijo hace un tiempo que era un “apóstata”), MVLL (otro sacerdote del Opus me dijo después de una conferencia que no debía mencionar “ese nombre”), García Márquez (otro autor “reservado” en las bibliotecas de las universidades del Opus), y, por supuesto, el Nobel José Saramago, entre muchos otros. Para los miembros del Opus Dei, según me dijo uno de ellos, hay algunos libros que pueden “hacer daño” a la mente juvenil, lo cual no es sino una muestra de la poca estima que tienen por la capacidad de los jóvenes a los que dicen proteger. En este contexto, su ideal de enseñanza es tener a un grupo de borregos a su servicio.

Todo esto va obviamente en contra de lo que es o debe ser una universidad. También en contra de lo que ha logrado ser la PUCP, donde los alumnos pueden leer cualquier libro, y pueden llevar su opinión sobre el autor a un salón de clase, para ser discutido abiertamente. 

El conflicto entre la PUCP y el arzobispo Cipriani es una de las consecuencias de la consolidación de este extremismo ideológico-religioso, que sin duda tiene un objetivo político en la búsqueda del poder. En la prensa, algunas personas allegadas al Cardenal han acusado a la educación de la PUCP de “relativista” (no se entiende qué quiere decir) señalando seguramente que buscan una educación “absolutista”, al servicio de sus fines absolutos. Lo que está en juego en este conflicto es un modo de entender la vida y la convivencia con los demás: el derecho de discutir a cualquier autor que pueda parecer interesante no por sus ideas sino por la complejidad de su obra, la capacidad por el diálogo y la disidencia. La lectura que el Cardenal siempre ha hecho de la realidad (desde su famosa frase sobre los derechos humanos) está basada en el dominio de una autoridad estricta, con una visión del mundo estrecha y dogmática. Entre los DDHH que ignora están los de pensar e imaginar. No es casual que el Opus Dei, a diferencia de los otros grupos católicos, nunca haya producido a un pensador o un teólogo de cierto nivel. El padre Gustavo Gutiérrez, por citar un caso, es un sacerdote católico con una obra muy interesante y valiosa, en las antípodas en cuanto a complejidad e interés de la de cualquier allegado a lo que se llama la “Obra”.

El extremismo de Cipriani parte de una lectura falsa, artificial del ser humano, de la realidad social y de la misma religión. Sin embargo, el hecho de haberse arrogado la etiqueta de “Iglesia católica” por su posición, confunde a muchos fieles.

Logre o no destruir una universidad como la Católica que ha costado tanto esfuerzo pedagógico construir a lo largo de las décadas, que tiene a personas tan honestas y valiosas entre sus autoridades, ya puede decirse que la imagen pública de Cipriani ha quedado definida por la intransigencia, el apetito de poder y la estrechez. No son estas las virtudes de un católico o de un sacerdote, aunque sí las de un inquisidor. Su empeño puede llevar a la Iglesia a perder una universidad, aunque gane una guerra. Pero en su concepción de la vida, como para las antiguas izquierdas, las guerras siempre parecen haber sido lo más importante.
(*) Artículo publicado en la revista Ideele.

No se respetó la consulta previa pese a vigencia de Convenio 169 de la OIT

No se respetó la consulta previa pese a vigencia de Convenio 169 de la OIT


Realidad. Defensoría registra conflictos por no cumplir con norma. Tratado fue firmado y ratificado por el Perú en 1993 y 1994, pero en muchos casos solo eventos informativos reemplazaron a la consulta.

Rocío Maldonado.


Pasaron más de 15 años desde que el Perú firmó y ratificó el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales, hasta la promulgación –la semana pasada– de la Ley de Consulta Previa, con lo cual se reconoce formalmente el derecho de estos pueblos a ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que los afecten directamente.

Y es que al no existir una norma que precise los alcances del tratado internacional, no había forma de verificar su correcta aplicación.

El “Baguazo” es el ejemplo más trágico en el Perú de lo que puede desencadenar no tomar en cuenta la opinión de un pueblo sobre leyes que afectan su existencia, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. Sin embargo, luego de dos  años del hecho luctuoso en el  país se registran varios conflictos activos que tienen su origen en la falta de consulta.

En la región Amazonas, en la zona del Alto Marañón, habitada por los pueblos Awajun y Wampis, existen verdaderas “bombas de tiempo” que aún se mantienen activas y si no se hace nada podrían llegar a detonar, advierte Ismael Vega Díaz, investigador del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP).

Una de ellas, dice, tiene que ver con la presencia de la minera canadiense Afrodita en la cuenca del Cenepa, que viola el territorio del pueblo Awajun, al recortar el Parque Nacional Ichigkat Muja, cuyas 152,000 hectáreas (has) han sido recortadas en 69,829 has.

Una situación similar, añade, ocurre en el distrito de Santa Santa María de Nieva con la presencia de la petrolera francesa Maurel Et Prom Perú SAC, cuyo lote 116 se superpone a la zona reservada Santiago-Comaina.

Ambos casos –además de otros 11 referidos a la falta de consulta previa– están registrados en el último reporte de conflictos sociales de la Defensoría del Pueblo.

No se respetó Convenio 169

La ONG Derecho, Ambiente y Recursos Naturales –DAR– señala que desde el 2005 hasta el 2009 se inició un acelerado proceso de suscripción de contratos con empresas petroleras, lo que significó la aprobación de más de 10 lotes en promedio por año. De esta forma, hasta junio del presente año se registraban 83 lotes petroleros en el país, muchos de ellos superpuestos a territorios ancestralmente habitados por pueblos indígenas.

Pero aún hay más, el 27 de julio, a un día de terminar la gestión del gobierno aprista, el Ministerio de Energía y Minas aprobó cuatro contratos para actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en territorios habitados por las etnias shipibo, asháninka, entre otras. (Ver infografía).

“Para ninguno de estos casos se realizaron procesos de consulta conforme el Convenio 169 de la OIT, sino charlas o audiencias informativas”, sostiene María del Rosario Sevillano del Programa Social Indígena de DAR.

La pregunta que se plantea entonces es: ¿Qué sucederá con las concesiones otorgadas sin consulta  que son posteriores a la firma del Convenio 169, pero anteriores a la ley promulgada en Imacita?

La segunda disposición complementaria final de la Ley de Consulta precisa que no se modifica o deroga las medidas legislativas ni deja sin efecto las medidas administrativas dictadas con anterioridad a su vigencia.

Al respecto, Juan Ruiz, abogado constitucionalista del IDL, considera esto como un vacío legal que podría ser solucionado con la reglamentación.

“Creo que se debería evaluar caso por caso, pues no se trata de paralizar o anular todas las concesiones mineras o petroleras e ir en contra del desarrollo del país”.

Sevillano coincide con esta posición y además plantea que el reglamento establezca claramente que la consulta sea permanente, pues la mayoría de concesiones petroleras o mineras se otorgan por 20 o 40 años.

“Las ampliaciones de proyectos deben pasar por consulta previa. Además no se debe olvidar que las charlas o audiencias públicas informativas se las hizo pasar por consulta previa violando el Convenio 169”, subrayó.

No hay registro de Pueblos Indígenas

Según la Ley de Consulta, las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios. Sin embargo, en la actualidad no existe un registro de esta población, por lo cual una de la primeras tareas del viceministerio de Interculturalidad, encargado de la implementación de la norma, será elaborar este listado.

De acuerdo al Censo elaborado por el INEI el 2007, la población indígena de la Amazonía es de 332,975 mil habitantes.  En tanto, el CAAP registra 1786 comunidades indígenas amazónicas y advierte que existen cientos de pedidos de ampliación de territorio que no son atendidos desde hace años. En cuanto a la población indígena del ande, el mapa etnolingüístico del 2010 del Indepa consigna 3’768.616 habitantes y  6,063 comunidades campesinas. Sin embargo, información actualizada señala que
son 6,068.

Para ser identificado como pueblo indígena se tendrá en cuenta el criterio subjetivo relacionado con la conciencia de poseer una identidad indígena u originaria, pero también criterios objetivos como descendencia directa de poblaciones originarias, estilos de vida, lengua, instituciones sociales y costumbres propias, etc.

sábado, 10 de septiembre de 2011

También "salta la pus" en EsSalud

Política | Septiembre 10, 2011 - Diario 16

También "salta la pus" en EsSalud

Una institución corroída por la corrupción a tal nivel que “donde pones el dedo salta la pus”, fue lo que encontró el Presidente Ejecutivo de EsSalud, Álvaro Vidal Rivadeneyra, en la institución que dirige hace poco más de un mes.

Si bien Vidal Rivadeneyra ya había alertado sobre graves irregularidades en EsSalud, en la reunión sostenida ayer con la bancada de Alianza Parlamentaria en el Congreso de la República, afirmó que durante la gestión de Fernando Barrios y Félix Ortega, se firmaron contratos lesivos con algunas empresas privadas de salud que atentan contra la economía de la institución.

Agregó que no solo han constatado flagrantes irregularidades, sino que las denuncias también le han llegado a través de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), cuya representante en el Directorio es la señora Carmela Sifuentes.

En su momento, la representante de la CGTP le hizo llegar denuncias sobre el ingreso de familiares de los congresistas apristas Javier Velásquez Quesquén y Luis González Posada, en diversos puestos de EsSalud en las regiones de Lambayeque e Ica. Señaló que en los próximos días entregará a la Comisión de Fiscalización del Congreso, un informe que contendrá todos los hechos ilícitos cometidos en EsSalud durante el quinquenio aprista.

Tras señalar que la administración a su cargo está abocada a desmontar “toda la madeja y las ramificaciones de la corrupción que imperó en todas las redes y dependencias en el ámbito nacional, durante el pasado régimen aprista”.

Sin embargo, indicó que para “extirpar todos los tumores malignos” de EsSalud, se requiere de una tarea gigantesca. En ese sentido, reiteró su pedido a la Contraloría General de la República y al Parlamento Nacional, su apoyo para las acciones de moralización de la institución, así como para recuperar el íntegro de sus fondos.

A los congresistas les pidió apoyo para restituir el Consejo de Vigilancia en el directorio y los 720 millones de soles que se quitó a EsSalud por la exoneración del pago de los aportes en las gratificaciones de julio y diciembre.

martes, 6 de septiembre de 2011

Texto completo de la Ley de Consulta Previa

Aquí el texto completo de la Ley de Consulta Previa, promulgada por el presidente Humala

 
Este mediodía el presidente del Perú, Ollanta Humala, promulgó la Ley de Consulta Previa a los pueblos indígenas. Lea en esta nota el texto íntegro de este mecanismo que busca promover el recojo de la opinión de los pobladores indígenas al momento de decidir o no una inversión en los lugares donde habitan.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DEL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS, RECONOCIDO EN EL CONVENIO 169 DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)
TÍTULO I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley desarrolla el contenido, los principios y el procedimiento del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios respecto a las medidas legislativas o administrativas que les afecten directamente. Se interpreta de conformidad con las obligaciones establecidas en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por el Estado peruano mediante la Resolución Legislativa 26253.
Artículo 2. Derecho a la consulta
Es el derecho de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados de forma previa sobre las medidas legislativas o administrativas que afecten directamente sus derechos colectivos, sobre su existencia física, identidad cultural, calidad de vida o desarrollo. También corresponde efectuar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos.
La consulta a la que hace referencia la presente Ley es implementada de forma obligatoria solo por el Estado.
Artículo 3. Finalidad de la consulta
La finalidad de la consulta es alcanzar un acuerdo o consentimiento entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios respecto a la medida legislativa o administrativa que les afecten directamente, a través de un diálogo intercultural que garantice su inclusión en los procesos de toma de decisión del Estado y la adopción de medidas respetuosas de sus derechos colectivos.
Artículo 4. Principios
Los principios rectores del derecho a la consulta son los siguientes:
1.     Oportunidad. El proceso de consulta se realiza de forma previa a la medida legislativa o administrativa a ser adoptada por las entidades estatales.
2.     Interculturalidad. El proceso de consulta se desarrolla reconociendo, respetando y adaptándose a las diferencias existentes entre las culturas y contribuyendo al reconocimiento y valor de cada una de ellas.
3.     Buena fe. Las entidades estatales analizan y valoran la posición de los pueblos indígenas u originarios durante el proceso de consulta, en un clima de confianza, colaboración y respeto mutuo. El Estado y los representantes de las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios tienen el deber de actuar de buena fe, estando prohibidos de todo proselitismo partidario y conductas antidemocráticas.
4.     Flexibilidad. La consulta debe desarrollarse mediante procedimientos apropiados al tipo de medida legislativa o administrativa que se busca adoptar, así como tomando en cuenta las circunstancias y características especiales de los pueblos indígenas u originarios involucrados.
5.     Plazo razonable. El proceso de consulta se lleva a cabo considerando plazos razonables que permitan a las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios conocer, reflexionar y realizar propuestas concretas sobre la medida legislativa o administrativa objeto de consulta.
6.     Ausencia de coacción o condicionamiento. La participación de los pueblos indígenas u originarios en el proceso de consulta debe ser realizada sin coacción o condicionamiento alguno.
7.     Información oportuna. Los pueblos indígenas u originarios tienen derecho a recibir por parte de las entidades estatales toda la información que sea necesaria para que puedan manifestar su punto de vista, debidamente informados, sobre la medida legislativa o administrativa a ser consultada. El Estado tiene la obligación de brindar esta información desde el inicio del proceso de consulta y con la debida anticipación.
TÍTULO II
PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS A SER CONSULTADOS
Artículo 5. Sujetos del derecho a la consulta
Los titulares del derecho a la consulta son los pueblos indígenas u originarios cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma directa por una medida legislativa o administrativa.
Artículo 6. Forma de participación de los pueblos indígenas u originarios
Los pueblos indígenas u originarios participan en los procesos de consulta a través de sus instituciones y organizaciones representativas, elegidas conforme a sus usos y costumbres tradicionales.
Artículo 7. Criterios de identificación de los pueblos indígenas u originarios
Para identificar a los pueblos indígenas u originarios como sujetos colectivos, se toman en cuenta criterios objetivos y subjetivos.
Los criterios objetivos son los siguientes:
1.     Descendencia directa de las poblaciones originarias del territorio nacional.
2.     Estilos de vida y vínculos espirituales e históricos con el territorio que tradicionalmente usan u ocupan.
3.     Instituciones sociales y costumbres propias.
4.     Patrones culturales y modo de vida distintos a los de otros sectores de la población nacional.
El criterio subjetivo se encuentra relacionado con la conciencia del grupo colectivo de poseer una identidad indígena u originaria.
Las comunidades campesinas o andinas y las comunidades nativas o pueblos amazónicos pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios, conforme a los criterios señalados en el presente artículo.
Las denominaciones empleadas para designar a los pueblos indígenas u originarios no alteran su naturaleza ni sus derechos colectivos.
TÍTULO III
ETAPAS DEL PROCESO DE CONSULTA
Artículo 8. Etapas del proceso de consulta
Las entidades estatales promotoras de la medida legislativa o administrativa deben cumplir las siguientes etapas mínimas del proceso de consulta:
1.     Identificación de la medida legislativa o administrativa que debe ser objeto de consulta.
2.     Identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados.
3.     Publicidad de la medida legislativa o administrativa.
4.     Información sobre la medida legislativa o administrativa.
5.     Evaluación interna en las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios sobre la medida legislativa o administrativa que les afecten directamente.
6.     Proceso de diálogo entre representantes del Estado y representantes de los pueblos indígenas u originarios.
7.     Decisión.
Artículo 9. Identificación de medidas objeto de consulta
Las entidades estatales deben identificar, bajo responsabilidad, las propuestas de medidas legislativas o administrativas que tienen una relación directa con los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios, de modo que, de concluirse que existiría una afectación directa a sus derechos colectivos, se proceda a una consulta previa respecto de tales medidas.
Las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios pueden solicitar la aplicación del proceso de consulta respecto a determinada medida que consideren que les afecta directamente. En dicho caso, deben remitir el petitorio correspondiente a la entidad estatal promotora de la medida legislativa o administrativa y responsable de ejecutar la consulta, la cual debe evaluar la procedencia del petitorio.
En el caso de que la entidad estatal pertenezca al Poder Ejecutivo y desestime el pedido de las instituciones u organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios, tal acto puede ser impugnado ante el órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo. Agotada la vía administrativa ante este órgano, cabe acudir ante los órganos jurisdiccionales competentes.
Artículo 10. Identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados
La identificación de los pueblos indígenas u originarios a ser consultados debe ser efectuada por las entidades estatales promotoras de la medida legislativa o administrativa sobre la base del contenido de la medida propuesta, el grado de relación directa con el pueblo indígena y el ámbito territorial de su alcance.
Artículo 11. Publicidad de la medida legislativa o administrativa
Las entidades estatales promotoras de la medida legislativa o administrativa deben ponerla en conocimiento de las instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios que serán consultadas, mediante métodos y procedimientos culturalmente adecuados, tomando en cuenta la geografía y el ambiente en que habitan.
Artículo 12. Información sobre la medida legislativa o administrativa
Corresponde a las entidades estatales brindar información a los pueblos indígenas u originarios y a sus representantes, desde el inicio del proceso de consulta y con la debida anticipación, sobre los motivos, implicancias, impactos y consecuencias de la medida legislativa o administrativa.
Artículo 13. Evaluación interna de las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios
Las instituciones y organizaciones de los pueblos indígenas u originarios deben contar con un plazo razonable para realizar un análisis sobre los alcances e incidencias de la medida legislativa o administrativa y la relación directa entre su contenido y la afectación de sus derechos colectivos.
Artículo 14. Proceso de diálogo intercultural
El diálogo intercultural se realiza tanto sobre los fundamentos de la medida legislativa o administrativa, sus posibles consecuencias respecto al ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios, como sobre las sugerencias y recomendaciones que estos formulan, las cuales deben ser puestas en conocimiento de los funcionarios y autoridades públicas responsables de llevar a cabo el proceso de consulta.
Las opiniones expresadas en los procesos de diálogo deben quedar contenidas en un acta de consulta, la cual contiene todos los actos y ocurrencias realizados durante su desarrollo.
Artículo 15. Decisión
La decisión final sobre la aprobación de la medida legislativa o administrativa corresponde a la entidad estatal competente. Dicha decisión debe estar debidamente motivada e implica una evaluación de los puntos de vista, sugerencias y recomendaciones planteados por los pueblos indígenas u originarios durante el proceso de diálogo, así como el análisis de las consecuencias que la adopción de una determinada medida tendría respecto a sus derechos colectivos reconocidos constitucionalmente en los tratados ratificados por el Estado peruano.
El acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios, como resultado del proceso de consulta, es de carácter obligatorio para ambas partes. En caso de que no se alcance un acuerdo, corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios y los derechos a la vida, integridad y pleno desarrollo.
Los acuerdos del resultado del proceso de consulta son exigibles en sede administrativa y judicial.
Artículo 16. Idioma
Para la realización de la consulta, se toma en cuenta la diversidad lingüística de los pueblos indígenas u originarios, particularmente en las áreas donde la lengua oficial no es hablada mayoritariamente por la población indígena. Para ello, los procesos de consulta deben contar con el apoyo de intérpretes debidamente capacitados en los temas que van a ser objeto de consulta, quienes deben estar registrados ante el órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo.
TÍTULO IV
OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES ESTATALES
RESPECTO AL PROCESO DE CONSULTA
Artículo 17. Entidad competente
Las entidades del Estado que van a emitir medidas legislativas o administrativas relacionadas de forma directa con los derechos de los pueblos indígenas u originarios son las competentes para realizar el proceso de consulta previa, conforme a las etapas que contempla la presente Ley.
Artículo 18. Recursos para la consulta
Las entidades estatales deben garantizar los recursos que demande el proceso de consulta a fin de asegurar la participación efectiva de los pueblos indígenas u originarios.
Artículo 19. Funciones del órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo
Respecto a los procesos de consulta, son funciones del órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo las siguientes:
1.     Concertar, articular y coordinar la política estatal de implementación del derecho a la consulta.
2.     Brindar asistencia técnica y capacitación previa a las entidades estatales y los pueblos indígenas u originarios, así como atender las dudas que surjan en cada proceso en particular.
3.     Mantener un registro de las instituciones y organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios e identificar a las que deben ser consultadas respecto a una medida administrativa o legislativa.
4.     Emitir opinión, de oficio o a pedido de cualquiera de las entidades facultadas para solicitar la consulta, sobre la calificación de la medida legislativa o administrativa proyectada por las entidades responsables, sobre el ámbito de la consulta y la determinación de los pueblos indígenas u originarios, a ser consultados.
5.     Asesorar a la entidad responsable de ejecutar la consulta y a los pueblos indígenas u originarios que son consultados en la definición del ámbito y características de la consulta.
6.     Elaborar, consolidar y actualizar la base de datos relativos a los pueblos indígenas u originarios y sus instituciones y organizaciones representativas.
7.     Registrar los resultados de las consultas realizadas.
8.     Mantener y actualizar el registro de facilitadores e intérpretes idóneos de las lenguas indígenas u originarias.
9.     Otras contempladas en la presente Ley, otras leyes o en su reglamento.
Artículo 20. Creación de la base de datos oficial de pueblos indígenas u originarios
Créase la base de datos oficial de los pueblos indígenas u originarios y sus instituciones y organizaciones representativas, la que está a cargo del órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo.
La base de datos contiene la siguiente información:
1.     Denominación oficial y autodenominaciones con las que los pueblos indígenas u originarios se identifican.
2.     Referencias geográficas y de acceso.
3.     Información cultural y étnica relevante.
4.     Mapa etnolingüístico con la determinación del hábitat de las regiones que los pueblos indígenas u originarios ocupan o utilizan de alguna manera.
5.     Sistema, normas de organización y estatuto aprobado.
6.     Instituciones y organizaciones representativas, ámbito de representación, identificación de sus líderes o representantes, período y poderes de representación.


DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Para efectos de la presente Ley, se considera al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura como el órgano técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo.
SEGUNDA. La presente Ley no deroga o modifica las normas sobre el derecho a la participación ciudadana. Tampoco modifica o deroga las medidas legislativas ni deja sin efecto las medidas administrativas dictadas con anterioridad a su vigencia.
TERCERA. Derógase el Decreto Supremo 023-2011-EM, que aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Aplicación del Derecho de Consulta a los Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas.
CUARTA. La presente Ley entra en vigencia a los noventa días de su publicación en el diario oficial El Peruano a fin de que las entidades estatales responsables de llevar a cabo procesos de consulta cuenten con el presupuesto y la organización requerida para ello.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil once.

DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF
Presidente del Congreso de la República 

MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA